Morelia, Mich., 13 de mayo de 2024
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha decidido restituir las 25 candidaturas del PRI que habían sido cuestionadas por el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) debido a presunta usurpación de identidades LGBTQI. En una sesión pública celebrada la tarde de este lunes, el Pleno del TEPJF resolvió el Juicio de Revisión Constitucional 032 ST-JRC-032-2024, a cargo del magistrado David Alejandro Avante Juárez, en favor del PRI. Esta decisión revoca la sentencia del TEEM, que exigía a nueve candidatos a alcaldes y 16 a regidores del PRI acreditar su pertenencia a la comunidad LGBTQI mediante documentos oficiales.
El magistrado Avante Juárez y el Pleno de la Sala Toluca del TEPJF concluyeron que el TEEM se extralimitó al imponer esta exigencia de autoadscripción calificada. Según el TEPJF, el Tribunal Estatal no debió demandar pruebas específicas de autoadscripción LGBTQI, ya que el Instituto Electoral de Michoacán no había impuesto tales requisitos a todos los candidatos. Además, se consideró que la exigencia específica para un grupo de aspirantes constituía un acto de discriminación y violaba el derecho a la privacidad de los individuos.
En medio de críticas por parte de la comunidad LGBTQI, que ha denunciado la usurpación y fraude por parte de los partidos en más de 90 candidaturas, el fallo del TEPJF significa que los 25 candidatos del PRI no están obligados a presentar documentación adicional para acreditar su autoadscripción. Ahora, los candidatos solo deberán acudir ante el Instituto Electoral de Michoacán para ratificar su pertenencia, asegurando así su participación en las próximas elecciones sin los requisitos adicionales que habían sido previamente impuestos.